Un fallo pionero abre la puerta a un tercer sindicato para negociar planes de empleo (2024)

Una sentencia de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) da un vuelco radical a las negociaciones de los planes de empleo público en los ayuntamientos de la región. El fallo reconoce la legitimidad del sindicato CSIF a participar en la mesa de negociación del plan de empleo local de Aller y condena a este ayuntamiento a pagar 2.000 euros en concepto de multa y de las costas por obrar de "mala fe", al convocar sólo los otros dos sindicatos mayoritarios en Asturias, UGT y CC OO. CSIF aprovechará esta sentencia, que califica de pionera, para reivindicar su presencia en todas las negociaciones "que afecten al empleo público, empezando por los planes de empleo de todos los ayuntamientos", según avanzó a La NUEVA ESPAÑA su presidente en Asturias, Sergio Fernández-Peña.

Los hechos que dieron pie a este litigio se remontan a mayo de 2022, cuando los grupos políticos del Ayuntamiento de Aller se reunieron con UGT y CC OO para elaborar las bases del proceso de selección para el plan "Aller Emplea 2022-2023". Apenas un mes después, CSIF recurrió la resolución de la Alcaldía relativa a las bases de ese plan de empleo local con el argumento de que no había sido convocado a esa negociación, pese a tener la condición de "más representativo en el conjunto de las Administraciones públicas".

El Ayuntamiento de Aller no contestó. Ante ese silencio administrativo, CSIF interpuso un recurso, en el que juzgado de lo Social de Mieres le dio la razón, en enero de 2024, con la conclusión de que fue "el único sindicato no llamado, pese a ser un sindicato representativo" e impuso al consistorio allerano el pago de una multa además de los honorarios del abogado de la citada central sindical. El Ayuntamiento allerano recurrió esta primera sentencia, alegando que no había actuado de mala fe ni con temeridad, y que por lo tanto no debía pagar ni multa, ni las costas de la parte contraria.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) acaba de ratificar ahora todos los extremos de la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo social de Mieres. Deja por sentado que CSIF tiene la consideración de "sindicato más representativo" y por lo tanto "está legitimado para intervenir en la negociación" de los planes de empleo público, como ya había concluido el juzgado de lo Social. Y desmonta el recurso presentado por el Ayuntamiento de Aller, que se basaba solamente en rechazar la conducta de mala fe o temeridad, al recoger en su fallo que el consistorio "perpetuó el silencio" administrativo, de manera injustificada y durante año y medio, desde que el sindicato presentó su primer recurso ante el propio consistorio hasta una fecha próxima al juicio, que incluso vivió un parón después de que un Juzgado de lo contencioso-administrativo se declarara incompetente. Los magistrados del TSJA también confirman la multa impuesta y el pago de los honorarios del letrado del sindicato demandante, al apreciar que es "razonable, justificada y proporcionada". En total 2.000 euros, que se desglosan de la siguiente manera: 800 euros por la multa, 600 euros por los honorarios del abogado en primera instancia y otros 600 por los correspondientes al recurso.

"Cambio de dinámica"

Sergio Fernández-Peña destaca la trascendencia de esta sentencia porque "supondrá un cambio de dinámica; a partir de ahora todos los ayuntamientos y entidades tendrán que convocar a CSIF cuando quieran abrir una negociación relativa al empleo público, hasta ahora solo negociaban con UGT y CC OO". Es decir, habrá un tercer sindicato con voz en las mesas de negociación sobre las bases y los procesos de selección de los planes de empleo, añadió Peña.

Apuntes

Sentencia tras dos años de litigio. El Ayuntamiento de Aller negoció las bases del plan de empleo local para el bienio 2022-2023 con UGT y CC OO, pero no convocó a CSIF, que también cumplía la condición de «sindicato más representativo» en el ámbito de las administraciones públicas.

Silencio administrativo. El Juzgado de lo social de Mieres primero y el Tribunal Superior de Justicia de Asturias después consideraron probado que el Consistorio allerano obró de mala fe al mantener el silencio administrativo durante más de año y medio, casi hasta el mismo inicio de la vista judicial.

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